Por todo lo antes expuesto este Juzgado Cuarto de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en sede de Transito, DECLARA: PRESCRITA la presente acción por DAÑOS MATERIALES, interpuesta por NERIE ISABEL MARQUEZ DE RANGEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-3.923.484 asistida por la abogada HINDRI PANTOJA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 101.671; contra los ciudadanos SULY ALIDA URBANO RODRIGUEZ y YULY MARISELA PINTO URBANO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-11.150.175 y V-16.401.692, en su carácter de propietarias de la compañía TRANSPORTE DIOS DE DIOSES C.A., y al ciudadano ANDY LORETO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-14.436.131, en su condición de conductor del vehículo; representados por los abogad.....