"....declara LA CONFESIÓN FICTA de la parte demandada, ciudadana MORELA JOSEFINA TORREALBA PEROZA supra identificada y en consecuencia CON LUGAR la demanda de tacha de documento público y privado intentada en su contra por ZULMA VIOLETA ROJAS VENERO y PAOLA ALEXANDRA SAYAGO ROJAS.
En consecuencia:
1. Se declara la falsedad y por tanto la nulidad absoluta del documento autenticado en la Notaría Pública Tercera de Valencia en fecha 02 de febrero de 1999, bajo el No.1, Tomo 104 de los libros de autenticaciones llevados por la nombrada Notaría e inscrito en el Registro Mercantil Primero de esta circunscripción el 01 de septiembre de 2003 bajo el N° 6, tomo 49 A contentivo de la venta de trescientas (300) cuotas de participación en la sociedad de comercio LICORERÍA HOLIDAY JIN VALENCIA UNO, S.R.L., que aparentemente la realizara el hoy causante MIGUEL IGNACIO SAYAGO URBINA.
2. Se declara la falsedad y por ende la nulidad absoluta del acta de la asamblea general Extraordinaria de .....