"....se ordena a la COOPERATIVA ECOLÓGICA GUACARA R.L:
1) Restituir a los ciudadano JUAN FRANCISCO PADRÓN MOLINA, RAFAEL NOGUERA, ELIO RAMÓN RODRÍGUEZ, JOSE ALBERTO GAMARRA, MARCO ANTONIO ROJAS, JOSE HERRERA y CARLOS MARZQUEZ. a su condición de asociado en los términos establecidos en los estatutos.
2) Pagar a cada uno de los identificados ciudadanos los anticipos societarios de excedentes que se les adeude desde el 22 de enero del presente año. Así se decide. Publíquese, regístrese y notifíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo. En Valencia, a los 08 días del mes de agosto de 2005. Año 195 de la Independencia y 146 de la Federación."