declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN formulada por el abogado WILLIAM CURIEL, actuando en representación de la demandada LILIANA ELENA LUGO CEBALLOS.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda por COBRO DE BOLÍVARES (PROCEDIMIENTO POR INTIMACIÓN) intentado por el abogado JUAN CARLOS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, actuando en su carácter de endosatario en procuración de la ciudadana FANY DOLORES SIMANCAS DURAN, contra la ciudadana LILIANA ELENA LUGO CEBALLOS.
TERCERO: SE CONDENA A LA DEMANDADA: LILIANA ELENA LUGO CEBALLOS, a pagar a la actora FANY DOLORES SIMANCAS DURAN, las siguientes cantidades de dinero:
1. Bs. 2.480.000,00 por concepto de las letras de cambio no pagadas.
2. Bs. 39.680,00 por concepto de 1/6 % de comisión sobre las letras de cambio.
3. Bs. 629.920,00 por concepto de costas judiciales, incluyendo los honorarios profesionales, calculados prudencialmente por el Tribunal.
CUARTO: CON LUGAR LA CORRECCIÓN MONETARIA DEMANDADA, en consecuencia, a los fines de determinar el ajuste por.....