Por todos y cada uno de los razonamientos expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial Del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: INADMISIBLE la presente demanda por ACCION MERODECLARATIVA DE UNION ESTABLE DE HECHO, presentada por la Ciudadana YAMILET TERAN HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.941.116, y de este domicilio, asistida por la Abogada MARISOL AMARO AQUINO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 30.940.SEGUNDO: No hay condena en costas en razón de la naturaleza de la presente decisión. CUMPLASE.