ORDENA EN FORMA SUMARIA a la Registradora Civil Municipal del Municipio Libertador del Estado Carabobo y al ciudadano Registrador Principal de este mismo Estado, estampar la debida nota marginal en el acta de DEFUNCION previamente descrita, así: No. 63, Año 1.996; donde dice: "...ANA YETEIGA, ..." debe decir: "...ANA YEDVIGA, ..."; como es lo correcto y verdadero. Así se decide. Expídanse las copias certificadas que fueren menester a los interesados y envíense las necesarias a las autoridades civiles respectivas. Se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del expediente.