En atención a las anteriores consideraciones previamente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SE REPONE LA CAUSA AL ESTADO DE al estado de designar nuevo experto contable para que realice la experticia complementaria del fallo ordenada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, es decir al estado en que se encontraba la causa para el día 03 de octubre de 2023.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo. Publíquese y déjese copia digitalizada en formato PDF.