DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la defensa de Falta de Cualidad Pasiva alegada por los abogados CARLOS JAVIER VALDERRAMA y ARNALDO MORENO LEON, inscritos en el I.P.S.A. bajo los números 107.999 y 19.186, en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana JOHANNA DEL CARMEN SEVERINO de LAGE, identificada en autos, en la pretensión de cumplimiento de contrato de oferta, intentada por ROBERTO LUIS ANTONIO VASQUEZ PEÑA, identificado en autos, mediante su apoderado judicial abogado LUIS RAFAEL MALDONADO LAMARDO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el número 24.312, en contra de JOHANNA DEL CARMEN SEVERINO de LAGE. SEGUNDO: SIN LUGAR la pretensión de cumplimiento de contrato de oferta incoada por el accionante. TERCERO: Se condena en costas a la parte demandante, en virtud de haber resultado totalmente vencida, de conformidad con el contenido del artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. Notifíquese a las partes de la presente decisión.