Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, declara: INADMISIBLE la demanda de INTERDICTO DE AMPARO POR PERTURBACION, interpuesta por MICHAEL ANDREW STEGAWSKI, Polaco, pasaporte de la República de Polonia N° FC 8157239, domiciliado en la República de Panamá, contra la JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDIFICIO CUMBRE AZUL, representada por su Presidente ciudadano NESTOR GARCIA (sin identificar) y la ciudadana ELSY MONTES, titular de la cédula de identidad N° V-6.968.442 en su condición de Administradora.