Sobre la base de los razonamientos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN AL CONVENIMIENTO EN CUANTO AL RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA efectuado por el ciudadano JOSE ALEJANDRO HERNANDEZ OROZCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.346.274, de este domicilio, en este juicio interpuesto por el ciudadano JESUS ALBERTO CONTRERAS GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-20.616.875, de este domicilio, y se tiene con autoridad de COSA JUZGADA.
En consecuencia, SE TIENE POR RECONOCIDO EN SU CONTENIDO Y FIRMA POR EL CIUDADANO JOSE ALEJANDRO HERNANDEZ OROZCO, antes identificado, el documento privado que riela al folio seis (06) y su vuelto del presente expediente que fue acompañado por la parte actora .....