En atención a las anteriores consideraciones previamente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SE NIEGA LA ACUMULACIÓN DE LOS PROCESOS que cursan por ante este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, contenido en este expediente N° 56.709, demanda de cobro de bolívares intentado por el ciudadano JOSE SJOSTRAND FRANCO contra el ciudadano LEONARDO AULAR QUIÑONES, antes identificados, con el llevado bajo el N° 58.650 ante el Tribunal Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Bancario de esta Circunscripción Judicial por estimación e intimación de honorarios profesionales intentado por el ciudadano ALBERT ORTIZ MERCADO contra el ciudadano LEONARDO AULAR QUIÑONES.
Se le indica a las partes, q.....