En merito a las razones expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, actuando como Tribunal Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el ciudadano FRANCISCO AGUIRRE ECHEVERRIA, a través de sus Apoderados Judiciales, contra la ciudadana JOSEFINA MARÍA AUTERI PELLEGRINO, a través de sus Apoderados Todos identificados suficientemente en autos y a los fines de restablecer la situación Jurídica infringida se ordena estricto cumplimiento de lo Decidido. El Tribunal se reserva el Término de cinco (05) días de Despacho para publicar el texto completo de la sentencia. ASÍ SE DECIDE. Se levanta la presente Acta, Se Termino, Se Leyó y de conformidad firman la Representación de los asistentes al Acto.-