ACUERDA LA REDENCIÓN JUDICIAL (PARCIAL) DE LA PENA POR TRABAJO Y EDUCACIÒN a favor del penado HENRY JOSE CORTEZ CROQUER, titular de la Cédula de Identidad No. V-13.272.023, suficientemente identificado ut supra, por lo que este podrá optar a la Libertad Condicional, al extinguir 2/3 partes de la pena, es decir SIETE (07) AÑOS, NUEVE (9) MESES Y DIEZ (10) DÍAS, es decir a partir de día (vencido)y el Confinamiento, al extinguir las 3/4 partes de la pena, es decir, OCHO (8) AÑOS Y NUEVE (9) MESES, a partir del día 28.06.2016, los cuales procederán una vez se cumplan con los requisitos establecido en la ley.