Se dictò AUTO DE EJECUCIÓN al ciudadano: TAYLOR JESUS BIZAMON, quien fue condenado por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del estado Carabobo, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL SIN PENETRACION previsto y sancionado en el Encabezado del artículo 259 con el agravante de artículo 8, 216 y 217 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, pudiendo optar al BENEFICIO DE SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA.