Por todo lo expuesto, este Tribunal _Tercero_ de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por _ Reinaldo Luis M. Capuano__, titular de la cédula de identidad No. ___15.644.283.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que lo unía con _Jeancarlini López_, titular de la cédula de identidad Nº __14.971.503_ y que fuera contraído en fecha _22-09-2021_, por ante _Registro Civil de la Parroquia Morón, Municipio Juan José Mora_, tal como consta en acta asentada bajo el No. _59_, Folio _59_, Tomo _I_, Año ___2011_
Regístrese, publíquese la anterior sentencia y déjese copia en el copiador de Sentencias, sistematizado en formato de P.....