Se dicta Auto Resolutorio mediante el cual se declara, que existen las suficientes probanzas evacuadas para acreditarle al ciudadano MARCOS ANTONIO MOLERO GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-20.251.202, de este domicilio, Titulo Supletorio sobre unas Bienhechurías construidas en un terreno de su propiedad, ubicado en la Urb. Cumboto Sur, en la Avenida Sur ó Ramón Díaz Sánchez, Parcela D-578, Parroquia Juan José Flores, Municipio Puerto Cabello, Estado Carabobo. Se ordeno devolver las actuaciones a los solicitantes en original. Se ordeno también expedir por secretaria copias certificada de las resultas de la presente solicitud que sean menester de la solicitante y dejar copia del auto resolutorio en el copiador de resoluciones autónomas.