Por todo lo antes expuesto y por no haberse presentando en el transcurso del procedimiento interesado alguno que manifestara estar perjudicado con la solicitud de rectificación de acta de reconocimiento, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el artículos 772 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de rectificación de ACTA DE RECONOCIMIENTO presentada por la ciudadana: VALENTINA JOSEFINA TORRES DE BOLIVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.893.025 y de este domicilio, asistida por el abogado FRANCISCO ANTONIO NAVARRO ESPINOZA, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 200.340.
SEGUNDO: Se ORDENA, estampar la respectiva nota marginal en Acta de Reconocimiento que se encuentra inserta con el número 111 de fecha 05 de junio de 1.963, al vto del folio 190 y folio 191 y su vto de los libros llevados por el Tribunal Pri.....