III
DECISION
Por las razones y consideraciones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en resguardo de los principios Constitucionales y Legales DECLARA: PRIMERO: LA PERENCION DE LA INSTANCIA, de la solicitud de CURADOR AD-HOC, presentado por la ciudadana DELGADO VALDEZ MYRIAM ALEXANDRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-20.758.066, asistida por la abogada en ejercicio CORONEL ELBA, inscrita bajo el inpreabogado Nº 168.522.