En mérito a la declaración que antecede, éste TRIBUNAL NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, le imparte su aprobación al DESISTIMIENTO presentado por el ciudadano RAUL DE JESUS GUTIERREZ HERNANDEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-6.551.589, debidamente asistido por el abogado en ejercicio BRODERY JOSE PINTO LARA, inscrito en el Ipsa bajo el Nº275.559; y lo HOMOLOGA, otorgándole el carácter de COSA JUZGADA, y ASÍ SE DECIDE.
Este Tribunal acuerda DEVOLVER LOS DOCUMENTOS ORIGINALES solicitados del presente expediente, y en su lugar déjese copia fotostática certificada de los mismos, de igual forma se ordena expedir por Secretaria copias fotostáticas certificadas de todo lo solicitado, incluyendo la presente senten.....