En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos YOLEIDA DEL JESÚS ORDOSGOITTIZ y GERARDO ENRIQUE TORREALBA MELET, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-6.845.592 y V-7.092.458, ambos de este domicilio, mediante la abogada en ejercicio ADRIANA GARCÍA BELANDRIA, inscrita en el Inpreabogado bajo los Nro. 236.690., asistiendo a la primera y apoderada del segundo; a tenor de lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil y en la sentencia 693 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 02 de junio de 2015, en el expediente N° 12-1163, con ponencia de.....