En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia emanada de los Ciudadanos y Ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por el ciudadano ROBERT RICHARD BRITO FUNES, venezolano, mayor d edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.994.952, de este domicilio, a través de sus apoderados judiciales por los Abogados en ejercicio ROSIRIS CAROLINA GARCÍA VARGAS y MARÍA ROSARIO VARGAS, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 222.750 y 189.481; a tenor de lo dispuesto en la sentencia N° 1070 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 09 de diciembre de 2016, con ponencia del Magi.....