En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio por desafecto presentada por el ciudadano DAVID ALEXANDER SOSA ROSALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.357.445, de este domicilio, debidamente asistido por el funcionario público adscrito al programa Tribunal Móvil del Tribunal Supremo de Justicia, abogado JOHN FRANCO GÁMEZ inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 290.175; a tenor de lo dispuesto en la sentencia N° 1070 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 09 de diciembre de 2016, .....