Con fundamento a las precedentes consideraciones, este Juzgado Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: QUIEN SUSCRIBE SE ABOCA AL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA. SEGUNDO: LA PÉRDIDA DEL INTERÉS en la presente causa. No hay condenatoria en costas-. Este Tribunal da por terminada la presente causa y se ORDENA remitir en su debida oportunidad el presente expediente al Archivo Judicial de esta Circunscripción a los fines legales consiguientes.
Diarícese y publíquese en el expediente físico el extenso del fallo. Regístrese en los libros respectivos. CÚMPLASE LO ORDENADO.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala del Despacho de este Tribunal Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, .....