Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL SEPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA, Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho declara:
1. PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO (DESAFECTO) incoada por la ciudadana ANGIEBELL UQUILLAS PALMA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-15.745.644, debidamente asistida por el abogado en ejercicio ARGENIS JOSE GONZALEZ UQUILLAS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 156.000, y en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que la unía con el ciudadano YOHALBER JOSE CANALES ALASTRE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-16.189.859, contraído por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Candelaria, Municipio Valencia, Esta.....