Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL SEPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA, Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho declara:
1. PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO (DESAFECTO) incoada por la abogada YELITHZA ANGELICA SANQUIS NAVAS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 134.902, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARIA FERNANDA JIMENEZ DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 24.441.637, y en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que la unía con el ciudadano DARIO JOSE TROCEL REY, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-21.030.236, contraído por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Valencia, Parroquias San Blas, El So.....