Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando Justicia en el nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente DEMANDA DE DIVORCIO DE MUTUO CONSENTIMIENTO y en consecuencia queda disuelto el vinculo conyugal contraído por los ciudadanos JUAN CARLOS MONTES DE OCA DOCE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.128.483, en contra de la ciudadana MARILYN YASMILA MORENO LEON, titular de la cedula de identidad V-11.526.063, en fecha 21 de noviembre de 2003, ante el Registro Civil del Municipio Valencia, Estado Carabobo