Se declara CULPABLE al acusado de autos EDGAR EDUARDO GUARIGUATA SEILER. Se CONDENA al ciudadano EDGAR EDUARDO GUARIGUATA SEILER, a cumplir la pena de DOS AÑOS Y OCHO MESES DE PRISIÓN, que resultan de la reglas de computo establecidas en los artículo 37 y 88 del Código Penal, aplicada ya la disminución correspondiente a la aplicación de la atenuante genérica contenida en el artículo 74, numeral 4º del referido instrumento legal, en virtud de la conducta predelictual del acusado, por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS.-