Se dicta decisiòn en la cual declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL seguida en contra del ciudadano ANIBAL JOSE PEREZ ROMERO, venezolano, nacido Valencia estado Carabobo, de 47 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.743.868, fecha de nacimiento 08-1-68, de estado civil soltero, de profesión u Oficio profesor, hijo de Ángel Custodio (F) y Aura Romero (F), residenciado en Urbanización Santa Inés sector 4 calle 6 casa 57 Estado Carabobo, teléfono 0412-4087808; de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 7° del artículo 49 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia, se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEL PRESENTE PROCESO PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 300, ordinal 3°, en relación con el artículo 46, ambos del Texto Adjetivo Penal.