E CELEBRO AUDIENCIA PRELIMINAR, Admitida como fue totalmente la acusación presentada por la Fiscalía 30º el Ministerio Público en contra del ciudadano DONALDO JOSE DONADO LUGO, por el delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en los artículos 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana AMADA VERA RODRIGUEZ. Vista la manifestación del acusado, y lo manifestado por las partes, acuerda la SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO, pasa a establecer las condiciones que deberá cumplir durante el RÉGIMEN DE PRUEBA de UN (01) AÑO, de conformidad con el artículo 43 y siguiente del Código Orgánico Procesal Penal.-