VI
DECISIÓN. DECRETO DE TITULO SUPLETORIO AGRARIO.
Por lo antes expuesto, visto que en el presente tramite, durante la oportunidad fijada por este Tribunal para el traslado, se pudo constar la ocupación y existencia física de bienhechurías agrícolas, y en atención al contenido de las declaraciones emitidas por los testigos evacuados, este Tribunal en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara que tales diligencias resultan suficientes para decretar el TITULO SUPLETORIO de POSESIÓN TITULO SUPLETORIO de DOMINIO a favor de la ciudadana LILIANA ALEJANDRA DE OLIVEIRA DE OLIVEIRA, titular de la cedula de identidad Nº V-18.436.285, debidamente asistida en este acto por el abogado Yrwin Andel Villegas Cotty, titular de la cedula de identidad Nº V-4.611.581, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 129.783. En un lote de terreno denominado FAMILIA DE OLIVEIRA; ubicado en el sector Carrizal, Asentamiento Campesino LAS MANZANAS O CARRIZALES, parroquia Beju.....