REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 17 de Junio de 2014
204º y 155º
Hecha la revisión de las actas procesales que conforman la presente solicitud y siendo la oportunidad procesal para pronunciarse sobre la admisión o no de la misma, pasa esta Instancia Agraria a hacer las siguientes observaciones:
El artículo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, regula la subsanación, cuando los accionantes o solicitantes, en sus escritos incurran en ambigüedades u oscuridades,
Del anterior estracto, se deduce que la ciudadana María Teresa Rivas, plenamente identificada, pretende el traslado de este órgano judicial al Asentamiento Campesino Fundo Charco Largo, a fin de dejar constancia de algunos particulares. Sin embargo, se observa que tal pretensión no cumple con los requisitos establecidos en el artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, sin lo cual esta Instancia po.....