REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 14 de Mayo de 2018
208º y 159º
Vista la diligencia del 09/05/2018, presentada por el ciudadano JOSE FRANCISCO OBISPO LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.232.488, asistido por la abogada Maria Alicia Graterol Liscano, venezolana, mayor de edad, e inscrita en el Inpreabogado bajo los Nº 192.320, mediante el cual le confiere Poder Apud Acta a la abogada Maria Alicia Graterol Liscano, venezolana, mayor de edad, e inscrita en el Inpreabogado bajo los Nº 192.320, en consecuencia, téngase como apoderada judicial de la parte accionada a la referida abogada, facultada mediante poder otorgado (Folio 106).
El Juez
ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ
La Secretaria
ABG. MELDRY CASTILLO
Expediente Nº JAP- 376-2018.
JGRG/MC/dvg.-