REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 14 de abril del 2021
210º y 16º
Por recibida la presente solicitud de Justificativo de Perpetua Memoria (Titulo Supletorio), presentado por el ciudadano PEDRO JESÚS PÉREZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.882.838, debidamente asistido en este acto por el abogado NIXON GARCIA, inscrito en el Instituto Nacional de Previsión Social del Abogado bajo el Nº: 20.614, constante de cuatro (04) folios útiles y diez (10) anexos. Désele entrada y téngase para proveer en su debida oportunidad.
El Juez,
ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ
La Secretaria Accidental,
ABG. MEREDITH SACRISTE G.
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En la misma fecha se le dio entrada bajo el Nº 1614
La Secretaria Accidental,
ABG. MEREDITH SACRISTE G.
Solicitud Nº 1614
JGRG/MSG.-