REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 10 de Octubre de 2018
208º y 159º
Vista la diligencia del 05/010/2018, presentada por la abogada en ejercicio NICOLINA PITEO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 7.082.564 inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 146.531 y de este domicilio, en su carácter de apoderada judicial de el ciudadano AKIL RADA ALI MOHAMED, venezolano titular de las Cédula de Identidad Nro. V- 15.194.278, de este domicilio, mediante la cual solicita la devolución de los originales que rielan en la presente solicitud Nº 1459, así mismo se acuerda lo solicitado, En consecuencia, se ordena la devolución de originales, tal como lo establece el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil., se acuerda la refoliatura de la presente solicitud, dejándose constancia de la devolución de los documentos solicitados.
El Juez.
ABG. .....