Por todas las razones de antes expuestas esta Sala en nombre de la República y por autoridad de la ley, en virtud de no existir norma de orden publico que se pueda ver afectado por el desistimiento de las partes, declara Homologado la voluntad de desistimiento expuesto por el recurrente en fecha 17 de Diciembre del 2007 y en tal virtud declara Desistida la acción de amparo interpuesta por el adolescente ... debidamente asistido por el abogado José Rafael Colmenarez Ostos, todo de conformidad con el Art. 25 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos Y garantías Constitucionales.