En fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Especial Accidental de la Sección Penal de Adolescentes de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR LA INHIBICION de conocer la causa principal signada con el asunto N° GP11-D-2006-000037, seguido al adolescente acusado (identidad omitida) planteada por el Juez de Primera Instancia en funciones de Juicio de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Abg. JOSE GOMEZ GAMARRA, mediante acta levantada el día 12 de Abril de 2007.