En base a las precedentes consideraciones En base a las precedentes consideraciones esta SALA Adolescente de la CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesta por la abogada WILMA CRISTINA HERNANDEZ HEREDIA, Defensora Pública Provisoria Primera, adscrita a la Defensa pública del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, actuando en su carácter de defensora de los adolescentes .............SEGUNDO: ANULA la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 1, de la Sección de Adolescentes de este Circuito Judicial, extensión Puerto Cabello, el día 26 de Febrero de 2007, en el asunto GP11-S-2004-003039, mediante la cual declaró en rebeldía a los citados adolescentes y ordenó a los cuerpos de seguridad del Estado la ubicación inmediata o su captura si aquell.....