Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara improcedente la medida de suspensión de efectos solicitada por CONSTRUCCIONES JUNCAL, C.A., respecto de la providencia administrativa N° 541 de fecha 11 de mayo de 2011, dictada en el expediente administrativo N° 080-2009-01-00715 llevado por la Inspectoría del Trabajo "César Pipo Arteaga" de los Municipio San Diego, Naguanagua y las parroquias San Blas, San José, Catedral y Rafael Urdaneta del Municipio Valencia del Estado Carabobo, a través de la cual se declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por la ciudadana VÍCTOR MANUEL RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad número 7.537.574.