Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia y actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR el RECURSO POR NULIDAD del ACTO ADMINISTRATIVO CONJUNTAMENTE CON SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS, propuesto por la abogada DILLA SAAB, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 7.143.342, IPSA Nº. 67.142, con el carácter de apoderado judicial de la empresa CENTRAL MADEIRENSE, C.A., contra la Providencia Administrativa Nº 1002-2011, de fecha 22 de agosto del 2011, dictada por la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL MUNICIPIO VALENCIA, PARROQUIAS SAN JOSE, SAN BLAS, CATEDRAL Y RAFAEL URDANETA Y DE LOS MUNICIPIOS NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DEL ESTADO CARABOBO en el EXPEDIENTE No. 080-2010-06-00849