En virtud de lo precedentemente expuesto, Tribunal Decimo Primero de Primera Instancia de sustanciación, mediación y ejecución del trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo con Sede en Puerto Cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, PRIMERO: HOMOLOGA la transacción celebrada entre los ciudadanos RAMON ARIAS PACHECO, FELIZ BERNARDINO RODRIGUEZ MORALES, EUCLIDE JOSE BRUGERA DURAN, RINSON RIVAS GRANADOS, JOSE MIGUEL BRUGERA PERDIMO, FIDEL GONZALEZ, ALEXIS RAMON MEDINA MARTINEZ, ARGENIS AMADO GUERRA RINCON, OSWALDO JESUS QUIJADA FERRER y PEDRO RAFAEL ROJAS CARDOZA., venezolanos mayores de edad, titulares de las cedula de identidad V-7.156.915, V- 8.606.495, E.-82.000699,V.- 7.158.057. V.-5.442.964.- V.-5.440.822, V.-10.242.191.-V.-5.544.959, V.-8612.725 y la sociedad mercantil PENINSULA MARINE OPERADORES C.A, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada, SEGUNDO: ORDENA la re.....