En el día hábil de hoy dos de febrero de dos mil siete, siendo las 10:18 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, la empresa AGENTES ADUANALES CROMAR C.A. representada por el ciudadano MARCANO ARROYO ANTONIO RAFAEL, titular de la cedula de identidad nº 3.364.317, en su carácter de presidente, asistido por el abogado VICTOR MANUEL GARCIA inscrito en el inpreabogados nº 30.735, se deja expresa constancia de que la parte actora ciudadano VICTOR ELIMER VILLEGAS DIAZ no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por medio de apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación Y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo Con Sede en Puerto Cabello, En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCED.....