Por todo lo antes expuesto y previo análisis y ajuste efectuado de los conceptos reclamados, este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA ACCIÓN INTENTADA por el ciudadano JOSE ALFREDO MENDEZ, titular de la cedula de identidad número V-12.082.438, contra la ASOCIACIÓN COOPERATIVA CIELO AZUL 88, R.L., y el ciudadano IRVINJOSE BRICEÑO PATIÑO, titular de la cedula de identidad número V-13.331.621, en ocasión de la incomparecencia de los demandados, lo cual originó como consecuencia la presunción de la admisión de los hechos alegados por el demandante. En consecuencia, se condena a los demandados ASOCIACIÓN COOPERATIVA CIELO AZUL 88, R.L., y solidariamente al ciudadano IRVINJOSE BRICEÑO PATIÑO, antes identificados a pagar la cantidad de DOSCIENTOS DO.....