Este Juzgado Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución, tanto del nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, "DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO". Se deja constancia que por la empresa demandada CIMIENTOS BYA S.A, comparece su Apoderado Judicial Abogado ANTONIO AMETRANO VIDAL inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.017, según instrumentos poder que corre agregado a los autos. Es todo.
Publíquese y Regístrese, la Presente decisión. 202 ° y 154 °
EL JUEZ
ABG. JOSE GREGORIO KELZI
LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA
ABG: DINA PRIMERA ROBERTIS