Este Juzgado Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución, tanto del nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, "DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO". Se deja constancia que por la entidad demandada MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE TRANSPORTE AEREO Y ACUATICO HOY MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRANSPORTE, comparece su Apoderada Judicial Abogada EVA RODRIGUEZ REY, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 116.234, según instrumento poder que presentan para su vista y devolución dejando copias simples en su lugar previa confrontación con sus originales. Es todo.
Publíquese y Regístrese, la Presente decisión. 207 ° y 158 °
EL JUEZ
Abogado JOSE GREGORIO KELZI
APODERADA DE LA ENTIDAD DEMANDADA
EL SECRETARIO
Abogado. DA.....