DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Carabobo con sede en Puerto Cabello, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la demanda por Cobro de Prestaciones y demás beneficios laborales que intentara el ciudadano, OSWALDO JOSÉ AGUILERA ROJAS venezolano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad No. V- 3.600.437, representado por su apoderado judicial abogado, OSWALDO LOPEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 61.341, en contra de la entidad de trabajo SERVIPUERTO CALEB, C.A.
Se condena en costa, a la parte demandada por resultar totalmente vencida.
Habiendo quedado establecido que la demandada adeuda el pago de las prestaciones sociales y demás conceptos laborales al actor se ordena su pago con sus respectivos intereses, los cuales se determin.....