DECISIÓN
En orden a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Quinto de Juicio de Primera Instancia Tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Sede Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE DESPIDO, incoada por la ciudadana: GLORIA DEL CARMEN MOLINA QUINTERO contra la Sociedad Mercantil CINDU DE VENEZUELA, S.A., ambas partes plenamente identificados en autos. Y ASÍ SE DECIDE.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Quinto de Juicio de Primera Instancia Tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Sede Puerto Cabello, a los treinta y un (31) días del mes de mayo de Dos Mil Siete (2007). AÑOS: 19.....