DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo-Sede Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano: JUAN CARLOS MEDINA CASTILLO, titular de la C.I. Nº V- 7.861.857, contra la COMPAÑÍA ANÓNIMA DE ADMINISTRACIÓN Y FOMENTO ELÉCTRICO (CADAFE), ambas partes plenamente identificadas en autos, por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS LABORALES, todos plenamente identificados en autos. Y ASÍ SE DECIDE. SEGUNDO: Se ordena la notificación de la Procuraduría General de la República mediante exhorto dirigido al Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas ubicado en el Centro Latino. Y ASÍ SE DECIDE.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzga.....