DECISIÓN
Es bajo la óptica de la jurisprudencia y las leyes comentadas que este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo Sede Puerto Cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de La Ley declara: PRIMERO: INADMISIBLE el presente RECURSO DE AMPARO CONSTITUCIONAL intentado por el ciudadano ARGEVIS ALEXIS RODRIGUEZ TROMPIZ, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-16.801.948, representado por el profesional del derecho CARLOS RAFAEL JHONGE ZABALA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 22.525, contra la Sociedad Mercantil IMOSA TUBOACERO FABRICACIÓN, C. A., por su presunta contumacia a cumplir la Providencia Administrativa Nº 00312/2011, en fecha 7 de noviembre de 2011, según el expediente Nº 049-2011-01-00191 en la que se ordena Reenganchar y Pagar los Salarios dejados de percibir al ciudadano antes mencionado. SEGU.....