Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 23/07/2015

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 1] Página 1 de 1
N° Expediente : GP21-L-2013-000457 N° Sentencia : PJ004-2015-000114 Fecha: 23/07/2015
Procedimiento:
Cobro De Diferencia De Prestaciones Sociales
Partes:
JOSÉ LEONARDO HERNÁNDEZ PADILLA VS COMPAÑÍA ANONIMA DE ADMINISTRACIÓN Y FOMENTO ELECTRICO (CADAFE) ABSORBIDA POR CORPOELEC, S. A.
Resumen:
DECISIÓN Vistos los alegatos y defensas de las partes, así como la evacuación de las pruebas de las mismas y en virtud que se han cumplido todas las etapas del juicio, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo-Sede Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano: JOSÉ LEONARDO HERNÁNDEZ PADILLA, titular de la C.I. Nº V- 7.151.428, contra la COMPAÑÍA ANÓNIMA DE ADMINISTRACIÓN Y FOMENTO ELÉCTRICO (CADAFE), ambas partes plenamente identificadas en autos, por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS LABORALES, todos plenamente identificados en autos. Y ASÍ SE DECIDE. SEGUNDO: Se ordena la notificación de la Procuraduría General de la República mediante exhorto dirigido al Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas ubicado en el .....
Juez/Ponente:
Zurima del Carmen Escorihuela Paz
Organo:
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados