este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio Tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Sede Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE LA CORRESPONDIENTE HOMOLOGACIÓN JUDICIAL,
con la cual se da por terminada la causa y se ordena su remisión al archivo de este Circuito Judicial de los Tribunales del Trabajo. Sede Puerto Cabello. Asimismo, se ordena expedir copias certificadas, una de las cuales debe ser enviada con oficio a la ciudadana Inspectora del Trabajo de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Estado Carabobo, a los fines de que cierre y archive el expediente No. 049-2011-01-00673, el que cursa por ante la Sala de Fuero de esa dependencia administrativa. Líbrense oficios.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Quinto de Juicio de Primera.....